catalana occidente | agenteoccidente

SEGUROS CATALANA OCCIDENTE Seguros a TODA ESPAÑA para Motos de agua Jetski Embarcaciones Quads y Automobil

agenteoccidente

Seguros Occidente


Horario de Lunes a Viernes de 9:00h a 18:00h
Horario Sábados de 9:00h a 14:00h
Domingos y Festivos: Solamente Urgencias

URGENCIAS: En caso de Urgencia en horarios no laborables, contactar al Teléfono al (+34) 673 013 013

Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Antoni Cherta Tort, Agente incrito en la direccion general de seguros, con nº DGS46843510277G
http://rrpp.dgsfp.mineco.es/Mediador
En este enlace, del Ministerio, los clientes pueden consultar si un agente está incrito en la  Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, indicando el Nombre y Apellidos del Agente de Seguros

SEGURO CABALLOS Catalana Occidente, Seguros para Caballlos, Yeguas, Potros, Ponis, Mulas Asnos y Carruajes
SEGUROS PARA EL AUTOMOVIL Catalana Occidente, Seguros para el Automovil, Turismos, Motocicletas,, Furgonetas Mixtas.
SEGURO QUAD Catalana Occidente, Seguros para el Automovil, Quads, Buggis y Todo-Terrenos
SEGURO MARITIMO Catalana Occidente, Seguros para el Embarcaciones, Veleros, Yates, Lanchas Neumáticas, Jet-Ski
SEGURO HOGAR Catalana Occidente, Seguros del Hogar, Comunidades, Casas, Chalets, Trasteros, Modulos.
SEGURO MOTOS Catalana Occidente, Seguros para el automovil, Motocicletas Racing, Travel, Enduro, Custom
LEY CONTRACTUAL DEL SEGURO «BOE» núm 250 Publicado en: «BOE» núm. 250, de 17/10/1980. Entrada en vigor: 17/04/1981

Qué es una Póliza de Seguros?

Un seguro es un contrato, denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros (el asegurador) se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través de la prestación de un servicio. En este contrato intervienen: el asegurador, que siempre ha de ser una compañía de seguros, que es la entidad responsable de la cobertura en caso de siniestro; el asegurado, propietario de la póliza de seguro y responsable del pago de la prima correspondiente; y el beneficiario, que es la persona que cobrará la indemnización correspondiente en caso de siniestro. No siempre estas tres figuras han de ser la misma persona pudiendo ser todos distintos.

También puede existir una figura más, el agente de seguros, que es la persona que intermedia entre el asegurado y la compañía de seguros antes de la compra de la póliza de seguro, en el momento de la formalización (compra) y después de la compra (modificaciones que sean necesarias, tramitación de siniestros, etcétera).

La cantidad de dinero que se cobra por el seguro se llama prima. La prima garantiza que el asegurador esté obligado a cumplir con las prestaciones que le ha prometido al tomador.

La gestión del riesgo, que es la práctica de la evaluación y control del mismo, se ha desarrollado como un campo discreto de estudio y práctica.

La transacción implica que el asegurado supone una pérdida relativamente pequeña y conocida en la forma de pago de una prima a la aseguradora a cambio de la garantía de la compañía de seguros para compensar (indemnizar) al asegurado en el caso de una pérdida financiera o comercial.

El asegurado recibe un contrato, denominado la póliza de seguro, que detalla las condiciones y circunstancias en las que el asegurado será compensado.

Desde un punto de vista matemático, el seguro transforma los riesgos a los que están sometidos las personas en probabilidades soportables a través de una organización. El seguro se configura como una pieza básica de la actual estructura social. La institución del seguro tiene dos grandes manifestaciones en la sociedad:

  • Seguridad social, que es un sistema obligatorio de cobertura, administrado por el Estado, dirigido a proporcionar protección y bienestar a los ciudadanos, que suele garantizar una prestación económica en caso de jubilación, incapacidad laboral, fallecimiento, desempleo, etc.
  • Seguros privados, que cubren y protegen a las personas o entidades que lo contratan, pudiendo ser de suscripción obligatoria o voluntaria. Ejemplos de seguros privados son los seguros de robo o incendio de un inmueble o los seguros de automóviles o de accidentes de personas.